A la espera de la condena por la muerte de Keyla Martínez

A la espera de la condena por la muerte de Keyla Martínez

TEGUCIGALPA. La Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas de los Derechos Humanos en Honduras (OACNUDH) manifestó su preocupación por la falta de una sentencia con perspectiva de género en el caso de la muerte de la estudiante de Enfermería, Keyla Martínez.

“En diciembre 2022, la Sala Constitucional denegó los amparos interpuestos contra la recalificación de femicidio agravado a homicidio. #OACNUDH considera que esta decisión desconoce las obligaciones internacionales en materia de derechos de las mujeres y de debida diligencia”, indicó mediante un tuit el Alto Comisionado.

Tras las reacciones, el Ministerio Público (MP), argumentó que el año pasado concluyó el juicio oral y público por el crimen de la estudiante de Enfermería; sin embargo, el tribunal de sentencia de Siguatepeque, Comayagua, aún no emite un fallo definitivo debido a que la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia (CSJ), todavía no resuelve una acción de amparo promovida por la acusación privada que representa a la familia de la víctima.

Es de recordar que, el enjuiciado, contra quien la Fiscalía Especial de Delitos Contra la Vida (FEDCV) solicita una sentencia condenatoria y un castigo ejemplar, es el agente de policía, Jarol Rolando Perdomo Sarmiento.

HECHOS

El crimen ocurrió el 7 de febrero de 2021, en el interior de una de las tres celdas de la Unidad Departamental Policial Número 10, con sede en La Esperanza, Intibucá.

Entre la prueba aportada en el debate se encuentra la inspección judicial de reconocimiento a la celda y los dictámenes de vídeo forense que muestran el tiempo de cinco minutos aproximados que el imputado permaneció en el recinto donde se encontraba recluida la joven y que luego se mantuvo afuera de forma sospechosa y sin retornar a su posición de asistente del comandante de la estación policial y encargado de las llaves de las bartolinas y custodia de los detenidos.

Además, la autopsia psicológica, realizada por expertos, determinó que Keyla Patricia no sufría ningún tipo de trastorno mental que la llevara a un suicidio; aunado a ello, el dictamen de patología forense reveló que la manera de muerte es homicida y la causa de muerte fue por asfixia por obturación de orificios respiratorios.

De su lado, la prueba documental incluye los libros de novedades decomisados por la ATIC en la posta y de las patrullas asignadas a la Udep 10 y con el conjunto del material probatorio se demostró que existió manipulación en la escena del crimen por parte del policía acusado.

Este  caso fue presentado por el delito de femicidio agravado, no obstante, un juzgado de La Esperanza, Intibucá, tipificó el ilícito como homicidio simple, por lo que el Ministerio Público presentó una acción constitucional de amparo que recientemente fue declarada “Sin Lugar” y en los mismos términos fue planteado el recurso de los acusadores privados, pendiente de resolución.

Ahora, a dos años del crimen, cuyo requerimiento fiscal se presentó en un tiempo récord de dos meses y con un juicio terminado hace cinco meses, el Ministerio Público reitera su pedido que se dicte una sentencia, lo que depende de la debida diligencia de los magistrados que integran la Sala Constitucional del Poder Judicial.

Deja tu comentario