Con firma de Memorándum dan primeros pasos para instalar la CICIH
Los términos de referencia del envío del equipo de expertos bajo la primera fase serán definidos por las partes de manera posterior a la firma del presente Memorándum de Entendimiento.

TEGUCIGALPA. Después de varios meses de negociación, representantes de la Organización de las Naciones Unidas (ONU) y del Gobierno de Honduras, firmaron ayer a eso de las 2:00 de la tarde (hora Honduras), en la sede central de la ONU, el Memorándum de Entendimiento para la instalación de la Comisión Internacional contra la Corrupción e Impunidad en Honduras (CICIH).
Es de recordar que, la mandataria Xiomara Castro, llegó el pasado domingo a Nueva York, Estados Unidos, en compañía de su secretario privado, en este caso, su hijo Héctor Manuel Zelaya y el canciller Eduardo Enrique Reina y la diputada Xiomara Hortensia Zelaya «La Pichu», quien también es su hija, para firmar el Convenio.
Las dos partes, según la ONU, discutieron en las últimas semanas los términos, llegando a importantes acuerdos para la llegada de una CICIH independiente.
La mandataria hondureña y el secretario general de la Organización de las Naciones Unidas (ONU), António Guterres, presenciaron la firma del Memorándum, cumpliendo así la mandataria con la promesa de campaña realizada en 2021.
Fue a través de la cuenta de Twitter de la gobernante hondureña que se dio la noticia de alto impacto en Honduras, tras estampar las firmas en el documento, el canciller Eduardo Enrique Reina y el secretario adjunto de las Naciones Unidas, Miroslav Jenča.
“Como Presidenta de Honduras, junto al SG de ONU @antonioguterres, instalaremos la #CICIH independiente y justa. Logramos acuerdos para la selección de expertos internacionales que investiguen las redes de corrupción público privadas de alto impacto, que han saqueado al país”, indicó Castro mediante un tuit.
Horas más tarde, la coordinadora Residente de la ONU en Honduras, Alice H. Shackelford, se sumó a las felicitaciones de algunos sectores por la firma del Memorándum de Entendimiento, al postear en su cuenta de Twitter “Felicitaciones Presidenta @XiomaraCastroZ!”
También la embajadora de Estados Unidos en Honduras, Laura Dogu, se refirió al tema de la firma del memorándum en su cuenta oficial de Twitter “Felicidades a @XiomaraCastroZ, @EnriqueReinaHN y @antonioguterres por el acuerdo de la #CICIH. Aunque hay mucho trabajo por delante en el 2023, este es un primer paso muy importante e histórico en la lucha contra la corrupción en Honduras”.

MEMORÁNDUM
Con la suscripción del Memorándum, las partes, inician los trabajos relativos al establecimiento de un mecanismo internacional, imparcial. independiente y autónomo contra la corrupción y la impunidad en Honduras, reconociendo que el objetivo último es el fortalecimiento de las instituciones y capacidades nacionales en materia de investigación, combate y enjuiciamiento de la corrupción, tanto pública como privada, y de la impunidad, así como sentar las bases para la creación de un mecanismo internacional.
En el documento se tipifica dos fases; la primera será que el Gobierno asiente los cimientos necesarios para el establecimiento de un mecanismo internacional
independiente, autónomo, e imparcial, («el mecanismo»), para el fortalecimiento de un sistema de justicia independiente.

En dicha fase se incluirá el envío de un equipo de expertos de las Naciones Unidas a
Honduras, sujeto a los mandatos y atribuciones existentes de la ONU, compuesto inicialmente de personas expertas en el sistema penal, en la adopción e implementación de reformas legales, en el análisis de información -incluida la información financiera-, y en el sistema jurídico nacional hondureño.

Este equipo de expertos brindará asistencia técnica para iniciar la investigación, enjuiciamiento y combate contra la impunidad y la corrupción público-privada de alto impacto, incluidos los tres poderes (Ejecutivo, Legislativo y Judicial), y demás instituciones del Estado. Asimismo, evaluará, según corresponda, los procedimientos para recabar la información destinada al trabajo del mecanismo.

A través de la primera fase buscarán evaluar, con base en la asistencia técnica, los instrumentos, instituciones y capacidades nacionales existentes para la lucha contra la impunidad y la corrupción y su enjuiciamiento, incluido en relación con el ejercicio
independiente de la acción penal pública.

En colaboración con otras entidades de la ONU, se brindará apoyo y asistencia técnica en la formación y el entrenamiento del personal a cargo de la investigación: determinar las actuaciones, fortalezas y debilidades del Ministerio Público y el Sistema Judicial.

A lo anterior, se suma la identificación, así como la coordinación con el Gobierno para las reformas constitucionales, legales, y administrativas necesarias dentro del orden jurídico de Honduras, así como brindar acompañamiento para su implementación, para el establecimiento y buen funcionamiento del mecanismo internacional, imparcial,
independiente y autónomo contra la impunidad y la corrupción.

Otro aspecto de la primera fase que se destaca, es la necesidad de realizar reformas al marco normativo que regula el delito de enriquecimiento ilícito y lavado de activos, la abrogación del Decreto 116-19 que limita las funciones al Ministerio Público, la modificación de las regulaciones normativas de la Comisión Nacional de Banca y Seguros, y otras que permitan el levantamiento del secreto concerniente a la situación del lavado de activos y fideicomisos, la aprobación de los instrumentos necesarios para el establecimiento en su caso de la figura de colaboración eficaz y de aquellos instrumentos que sean necesarios para el ejercicio independiente de la acción penal pública.

SEGUNDA FASE
Dentro de las cuatro páginas que comprende el Memorándum, también sobresale la segunda fase que empezaría con la ratificación del Convenio bilateral negociado entre las Naciones Unidas y el Gobierno a través del cual se establecería formalmente el mecanismo. En ese sentido, esta fase sería gradual, pues se definiría de común acuerdo, los términos de referencia para la selección del titular del mecanismo, así como su equipo de trabajo; contrataciones y financiamiento para que el mecanismo pueda operar, los protocolos de trabajo, y la selección de casos de redes de corrupción público-privada de alto impacto; además, de la localización de las oficinas.
Así en el caso de una disputa o controversia que surja de o esté relacionada con este
instrumento, las partes deberían realizar todas las gestiones posibles para solucionar la
disputa a través de consultas directas.
Cualquiera de las partes podrá dar por terminado dicho documento otorgando 60 días naturales de aviso previo por escrito al otro, pudiendo incluir las razones en las que se funde esta decisión. La duración del mismo será de seis meses prorrogables, salvo que las partes alcancen un entendimiento por escrito en contrario.

Además: Las partes negociarán los términos del convenio bilateral para el establecimiento del mecanismo, imparcial, independiente y autónomo que estará sujeto a la existencia de un mandato emanado de alguno de los órganos intergubernamentales de las Naciones Unidas y al dictamen favorable por escrito de ambas partes sobre la existencia de garantías y requisitos jurídicos mínimos para su funcionamiento.

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