La ‘Central de Riesgo’ para padres morosos: Detalles del proyecto que aprobaría la CSJ

La ‘Central de Riesgo’ para padres morosos: Detalles del proyecto que aprobaría la CSJ

TEGUCIGALPA. Una propuesta de Reglamento del Registro de Deudores Alimentarios Morosos, liderada por el Poder Judicial, busca establecer medidas como la inhabilitación para adquirir licencias de conducir, pasaportes y tarjetas de crédito como sanciones para aquellos que incumplen con el pago de cuotas alimentarias a favor de sus hijos.

Este proyecto, fruto de una mesa técnica en colaboración con diversas instituciones, aguarda la aprobación del Pleno de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) para entrar en vigencia en 2024.

El objetivo principal del Reglamento es regular el «Registro de Deudores Alimentarios Morosos», creado mediante el Decreto Legislativo No. 51-2016 como parte de la reforma a la Ley Especial para una Maternidad y Paternidad Responsable (MAPA). Su propósito es garantizar el cumplimiento de las obligaciones alimentarias hacia menores de edad, brindando un servicio judicial seguro, ágil y de calidad.

«Actualmente cerramos con más de 1,000 demandas de alimentos en lo que va del año. Eso es preocupante porque no solo es comida, encierra una gama de derechos que vulneran al menor, entre ellos educación, salud, recreación y la vivienda», expresó Ana Cardona, coordinadora de los Juzgados de Familia, durante el foro Frente a Frente de Canal 5.

El reglamento considera deudor moroso a quien incumpla con el pago de tres cuotas alimentarias continuas a favor de sus hijos o cinco alternadas, obligatorias tras una sentencia firme u otras resoluciones homologadas. Este incumplimiento será inscrito en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos por orden judicial y a solicitud de parte.

El artículo 3 del proyecto establece que los padres inscritos en dicho registro no podrán realizar gestiones como la apertura de cuentas corrientes, otorgamiento o renovación de tarjetas de crédito, solicitar préstamos de ningún tipo, habilitar apertura de comercio y/o industria, obtener pasaporte ni licencia de conducir o su renovación.

Las entidades, tanto públicas como privadas, están obligadas a requerir el Certificado Libre de Deuda Alimentaria como requisito previo para trámites específicos, según lo establecido en la Ley Especial para una Maternidad y Paternidad Responsable y su Reglamento.

La diputada Fátima Mena explicó que el único modo de salir permanentemente del registro es pagar la totalidad de la deuda alimentaria en mora y acreditarlo ante el órgano jurisdiccional competente, lo que llevará a la cancelación inmediata en el registro.

El presupuesto para implementar el Registro de Deudores está contemplado dentro del presupuesto del Poder Judicial, y se espera que su sostenibilidad se financie con el dinero recaudado por el Certificado Libre de Deuda Alimentaria, cuyo valor será asignado por el Poder Judicial cuando se apruebe el reglamento.

«El reglamento para la implementación del registro de deudores alimentarios morosos está casi finalizado para su puesta en marcha», mencionó Mena, quien añadió que el Reglamento facultará a la Presidencia de la CSJ para celebrar convenios de cooperación y/o coordinación con las instituciones pertinentes.