Municipalidad continúa con los operativos del decomiso de carretas haladas con caballo

SAN PEDRO SULA. Por instrucciones del alcalde de esta ciudad, Roberto Contreras, la Municipalidad de SPS lleva a cabo diferentes acciones para evitar el maltrato animal y hacer conciencia sobre el cuidado de los animales.
Como parte de ese trabajo, la comuna a través de la Gerencia de Prevención, Seguridad y Movilidad Urbana, en cumplimiento al Plan de Arbitrios, continúa con los operativos para el decomiso de carretas haladas con caballo en diferentes zonas de la ciudad.
El alcalde Roberto Contreras en reiteradas ocasiones ha manifestado que el maltrato de los animales no puede seguir pasando, y no se puede permitir que mueran de hambre y sean cargados con cosas pesadas.
Ronald Valerio, Juez de Justicia Municipal, manifestó que en base a las ordenanzas municipales y el Plan de Arbitrios se ha estado trabajando en el tema de la prohibición de la circulación de carretas haladas por caballos. “Hemos realizado un trabajo conjunto con la Policía Municipal y la Policía Nacional”, dijo Valerio.
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El funcionario explicó que de manera constante efectúan operativos en la ciudad. “Diariamente sacan de circulación unas cinco a diez carretas haladas por un semoviente. Estamos amparados en la ley, también está el Decreto de Protección de Bienestar Animal y el Código Penal que ya establece ese tipo de delitos”, refirió Valerio, tras indicar que la mayoría de los caballos rescatados halaban cartones, desechos sólidos, frutas y cosas muy pesadas, encontrándose enfermos, con ácaros, anemia, heridas y parásitos.
El funcionario municipal explicó que luego de su rescate, los semovientes son atendidos y reciben un diagnóstico médico a efecto de evidenciar el maltrato.
MULTAS
Valerio especificó que la Ley de Policía y Convivencia Social establece una multa hasta de cinco mil lempiras, pero también está el Decreto de Protección de Bienestar Animal con sanciones que van de 10 a 25 salarios mínimos.
Las carretas haladas por caballos han sido decomisadas en diferentes puntos de esta ciudad, sobre todo en el centro y periferias de la ciudad.
DATO
PLAN DE ARBITRIOS ARTÍCULO 126. Prohibición de circulación de semovientes que halen trocos y carretas.
- Se prohíbe a todos los propietarios de animales destinados al trabajo forzado, la libre circulación dentro del municipio de San Pedro Sula, que halen trocos y carretas. En caso de circulación el Departamento de Seguridad/Policía Municipal/Vialidad y Señalización procederá al decomiso, levantándose un informe que será remitido al Departamento de Resolución Alternativa de Conflictos/Justicia Municipal para la aplicación de la multa de quinientos lempiras (L 500) a cinco mil lempiras (L 5,000).
- El semoviente decomisado será trasladado al Centro Municipal de Rescate Animal, donde será evaluado por el personal técnico/Veterinario y de confirmarse el maltrato animal, el informe será remitido a la autoridad correspondiente y que se le aplique la Ley de Protección y Bienestar Animal, a través del Departamento de Resolución Alternativa de Conflictos/Justicia Animal.
- El semoviente que no sea reclamado dentro de un (1) mes calendario, previo al pago de la multa y que no acredite su propiedad, la Municipalidad podrá disponer del animal como estime conveniente (Donación, subasta o adopción).
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ARTÍCULO 15 DE LA LEY DE PROTECCIÓN Y BIENESTAR ANIMAL. Uso de los animales de trabajo.
El dueño o poseedor de animales destinados al trabajo, debe evitar el maltrato y castigo, la sobrecarga con peso superior a su capacidad, exponerlos a largas y excesivas jornadas de trabajo.
DATO
Desde hace ocho meses funciona el primer Centro Municipal de Rescate Animal del país, ubicado en El Ocotillo, donde se ha logrado rescatar a 39 caballos. Una iniciativa del alcalde Roberto Contreras creada para atender a los semovientes abandonados y maltratados.