Luis Redondo asegura que 37 diputados usurparon curules en elección de Junta directiva del CN

Luis Redondo asegura que 37 diputados usurparon curules en elección de Junta directiva del CN

TEGUCIGALPA. Luego de trascender un informe denominado «La Verdad» Sobre la Legalidad Constitucional de la Junta Directiva del Congreso Nacional (CN) de Honduras, se evidencia que 37 diputados suplentes usurparon curules de otros partidos políticos sobre los cuales no fueron electos.

En el informe, que consta de cinco capítulos, cinco anexos y 43 páginas, se hace énfasis en la ilegalidad de cómo se eligió la junta directiva de Jorge Cálix y la supuesta elección “legal” de la junta directiva de Luis Redondo.

En la página 19 del informe se establece que «el presidente del Congreso Nacional determinará el número de Diputados Suplentes de cada una de las Bancadas Políticas que pueden participar con voz y voto en el Pleno», por lo que queda en evidencia quiénes votaron en esta elección.

El documento admite que se incorporaron 37 diputados suplentes a distintos curules de otros partidos políticos, por los cuales no fueron electos, justificándose que estos lo pueden hacer por ausencia de los propietarios.

En ese contexto, literalmente el informe justifica la incorporación de los suplentes en esta forma: De igual modo, los restantes 37 diputados suplentes que fueron incorporados en diferentes bancadas de diferentes partidos políticos fueron incorporados de conformidad con el artículo 205 de la Constitución que establece “Corresponde al CN las atribuciones siguientes: 1…6. Llamar a los Diputados suplentes en caso de falta absoluta, temporal o de legítimo impedimento de los propietarios o cuando estos se rehúsen a asistir”, asimismo, de conformidad con las atribuciones que le otorga el artículo 22 numeral 20 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo al Presidente del Congreso Nacional, en este caso al Presidente de la Junta Directiva Provisional “Son atribuciones del Presidente del Congreso Nacional: 1…20. Incorporar al Diputado (a) Suplente, en caso de ausencia temporal o definitiva del Diputado (a) Propietario (a)”.

El pueblo hondureño distribuyó los 128 diputados de la siguiente manera: Libre: 50, PN: 44, PL: 22, PSH: 10, DC: 1 y PAC: 1, por lo que ningún diputado del partido “X” podrá votar en el curul de partido “Y”, cuando la bancada esté completa.

En una sesión, Luis Redondo le aclaró al diputado nacionalista Tomás «Tommy» Zambrano que un suplente solo puede votar en el curul de su propietario o de otro diputado de su mismo partido.

A la sesión donde eligieron a Luis Redondo se presentaron 98 diputados propietarios y 37 suplentes, estos últimos usurparon curules de otros partidos, por lo que la cantidad real de diputados habilitados para votar solo fue de 61 y se requiere 65 para elegir la Junta Directiva en Pleno.

Extrañamente, el informe se filtró en horas de la mañana de ayer, cuando el mismo Redondo anunció en su cuenta de Twitter que lo daría a conocer en horas de la noche de hoy.

Algunos sectores se preguntan si este informe en realidad aclara la legalidad de la JD que preside Luis Redondo o serán las pruebas que ocupaba la Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia para sentenciar la polémica generada en Legislativo.

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