CIDH concedió medidas cautelares a favor de 10 presos políticos nicaragüenses

CIDH concedió medidas cautelares a favor de 10 presos políticos nicaragüenses

COSTA RICA. La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) otorgó medidas cautelares a favor de 10 opositores y críticos del régimen de Daniel Ortega en Nicaragua, entre ellos un periodista y un académico, actualmente privados de libertad, según informó la Unidad de Defensa Jurídica (UDC).

Los beneficiados son el periodista Víctor Ticay, detenido el Jueves Santo de 2023 tras cubrir una procesión católica en el suroeste de Nicaragua y condenado a 8 años de prisión por el delito de propagación de noticias falsas y conspiración para cometer menoscabo a la integridad nacional, y el filósofo, sociólogo y catedrático Freddy Quezada, muy crítico con la dictadura sandinista.

La lista también incluye a Olesia Muñoz Pavón, quien pertenece al coro de una parroquia del municipio de Niquinohomo, sur de Nicaragua, y que fue condenada a 10 años por delitos considerados traición a la patria; así como a Jacquelina Rodríguez, Anielka García y Melba Hernández.

Los otros cuatro beneficiados con las medidas cautelares son Kevin Castillo Prado, Sergio Castiblanco, una persona con iniciales JECW, y Abdul Montoya Vivas y su núcleo familiar.

Según la UDC, la CIDH otorgó medidas cautelares a los 10 privados de libertad “tras considerar que se encuentran en una situación de gravedad y urgencia de riesgo de daño irreparable a sus derechos en Nicaragua”.

Los beneficiados fueron encarcelados “en un contexto de persecución y criminalización contra personas opositoras” y críticas del régimen, indicó el organismo adscrito a la OEA e integrado por abogados nicaragüenses que defienden a los presos políticos.

La CIDH solicitó información al Estado de Nicaragua en los términos del artículo 25 de su reglamento, sin recibir respuesta.

Sobre la base de ese mismo artículo, la Comisión pidió al régimen de Ortega-Murillo adoptar las medidas necesarias para proteger los derechos a la vida, integridad personal y salud de las personas beneficiarias, y asegurar que las condiciones de detención sean compatibles con los estándares internacionales aplicables en la materia.