Sector maquila pide que Ley de Justicia Tributaria permita el beneficio de exención para mejorar la competitividad del país
Representantes de la Asociación Hondureña de Maquiladores y miembros de la Comisión de Dictamen para la socialización de Ley de Justicia Tributaria.

Sector maquila pide que Ley de Justicia Tributaria permita el beneficio de exención para mejorar la competitividad del país  Representantes de la Asociación Hondureña de Maquiladores y miembros de la Comisión de Dictamen para la socialización de Ley de Justicia Tributaria.

Los empresarios mantienen su postura que no se debe derogar la Ley de Zonas Libres (Zoli).

TEGUCIGALPA. La Asociación Hondureña de Maquiladores (AHM), se reunió ayer en el Congreso Nacional con la Comisión de Dictamen que se encarga de socializar la Ley de Justicia Tributaria.

Durante su ponencia, los representantes de la organización explicaron que la forma en que está redactado el artículo 15 del proyecto de Ley de Justicia Tributaria, al derogarse los beneficios fiscales, no aplicaría el principio de irretroactividad de la Ley, ya que para ello se requiere que la nueva Ley (Ley de Justicia Tributaria) no contradiga las normas que contienen los beneficios fiscales en leyes anteriores, y si estas últimas están derogadas no existen.

“Si el artículo 15 del proyecto se aprobara con la redacción que tiene, las empresas que se trata de proteger, quedarían al arbitrio y discrecionalidad del funcionario que autoriza las exoneraciones, quien podría aducir que las exoneraciones están derogadas y que por ello no puede autorizarlas”, señaló la asociación, mediante un comunicado.

En este sentido, sugirió que se modifique el texto del artículo 15 del proyecto de Ley de Justicia Tributaria, adicionándole, además del respeto al principio de irretroactividad, el respeto de los derechos adquiridos por las empresas a través del goce de los beneficios fiscales que les otorgan las leyes que contienen los regímenes especiales bajo el cual operan.

De esta manera, si la Ley les reconoce expresamente ese derecho, las empresas podrían continuar operando con la garantía que ofrecería la claridad de la Ley, lográndose así que los puestos de trabajo que generan estas empresas estarían protegidos, concretándose con ello la buena intención de los proyectistas de garantizar la operatividad de estas empresas y los miles de empleos directos e indirectos que generan.

EXONERACIÓN DEL IMPUESTO SOBRE VENTAS

“Si comparamos estos beneficios fiscales con los que ofrecen los países CAFTA-DR tales incentivos resultan insuficientes para que Honduras compita con esos países; pero además de ello, los incentivos que contiene el régimen de Zonas Francas no solo son insuficientes y poco atractivos, sino que dos de ellos resultan ilusorios en la práctica”, cuestionó la industria maquiladora.

La organización indicó que la exoneración del Impuesto Sobre Ventas que ofrece Honduras está supeditada a pagar el impuesto para luego ser devuelto previo a un trámite administrativo, pero esto tiene dos desventajas, porque “se absorbe una cantidad importante del capital del trabajo de las empresas encareciéndoles su costo y no hay certidumbre en la devolución del dinero destinado a pagar el impuesto”, especificó.

Señaló que esta situación no es atractiva para ningún inversionista, ya que tienen opciones en otros países en donde su exoneración del Impuesto Sobre Ventas, únicamente requiere controles sobre los bienes adquiridos con exoneración de impuestos. 

REGÍMENES ESPECIALES

“Para evitar que las empresas que actualmente operan en el país bajo regímenes especiales y las que pudiéramos atraer en lo futuro con una Ley genuinamente competitiva se desestimulen, se hace necesario que el artículo 24 del proyecto de Ley de Justicia Tributaria que deja sin efecto las órdenes de compra, sea eliminado, y se sustituya por una norma que exprese que para los bienes que se adquieran en el mercado local con exoneración de impuestos, el reglamento de la Ley desarrollará los controles que correspondan”, sugirió la organización.

TRAMITOLOGÍA

En cuanto a la exoneración de los impuestos y demás cargos sobre las importaciones y exportaciones, los maquiladores consideran que tal beneficio no es atractivo ni práctico para las empresas, ya que para poder importar sus insumos y materias primas tendrían que someterse a un trámite autorizante, el cual es lento y representa costos, dificultándose la operatividad de la empresa con el enorme riesgo de incumplir sus contratos de producción y venta de los bienes que fabrican.

“Sugerimos que para las importaciones y exportaciones el proyecto de Ley de Justicia Tributaria otorgue a estas operaciones el beneficio de exención para mejorar la competitividad que se trata de obtener con la Ley de relación”, pidieron los maquiladores.

Entre tanto, el presidente de la Comisión de Dictamen, Hugo Noé Pino, explicó que el Zoli va a estar vigente hasta el año 2038.

“La Comisión considera que la petición es una garantía de tener los derechos adquiridos, entonces, el Zoli está vigente hasta el 2038 y las inversiones van a venir”, comentó.

Aseguró que de esta manera se garantiza que no se va a perder empleo y vendrán nuevas inversiones.

ADEMAS

Los empresarios manifestaron que los artículos 174 y 177 del Código Tributario, en caso de ser aprobados, violentarían el derecho de defensa que garantiza la Constitución.

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