Perú: Justicia indaga más de 500 casos de apología al terrorismo en redes sociales
Los más de 500 casos de apología al terrorismo, son investigados por la Justicia Peruana.

Perú: Justicia indaga más de 500 casos de apología al terrorismo en redes sociales  Los más de 500 casos de apología al terrorismo, son investigados por la Justicia Peruana.

PERÚ. El pasado18 de enero, Rodrigo Benjamín Benites Silva se convirtió en el primer condenado por el delito de apología al terrorismo, a través del uso de tecnologías de la información o comunicación (redes sociales).
El hombre había realizado una publicación en Facebook, anteriormente, donde enalteció, exaltó y justificó el accionar del cabecilla de la Organización Terrorista Sendero Luminoso (SL), Abimael Guzmán Reinoso.

Días después, el Poder Judicial dio a conocer que la Corte Superior Nacional dictó dos nuevas condenas efectivas por apología al terrorismo contra Julián Cuba Jurado y Richard Alex Cornejo, que también usaron sus perfiles de Facebook para “enaltecer y justificar las acciones terroristas del cabecilla de Sendero Luminoso.

“En los tres casos, los sentenciados incurrieron en apología a favor de una persona condenada por el delito de terrorismo”, indicó el Procurador Antiterrorismo, Milko Ruiz, en declaraciones al diario El Comercio.

MÁS DE 500 CASOS

Según la Procuraduría Antiterrorismo demás de estas sentencias, hay más de 500 casos por el presunto delito de apología al terrorismo en redes sociales, que se están investigando y procesando.
Cabe destacar que, son vídeos donde se “enaltece” y “justifica” actos terroristas por redes sociales u otras páginas de Internet, donde se concentran el 90% de estos casos.

Milko Ruiz explicó que la modalidad de apología al terrorismo en redes sociales se estableció en el Perú en 2017, ya que hubo un trasladó hacia las plataformas digitales de panfletos, boletines, semanarios y otras publicaciones donde podía haber apología al terrorismo.

Si el delito se comete “de manera pública”, a través de redes sociales, libros u otras publicaciones, la pena no es menor de 8 años, ni mayor a 15 años de cárcel, mientras que si no es de manera pública recibe de 4 años a 8 años de prisión.

Si la exaltación, justificación o enaltecimiento del delito de terrorismo lo realiza una autoridad, docente o personal administrativo de una institución educativa, o utilizando o facilitando la presencia de menores de edad, la pena será no menor de seis años ni mayor, de diez años e inhabilitación.

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