Daniel Sibrián sustenta reclamo de la silla de fiscal general con acción de inconstitucionalidad

Daniel Sibrián sustenta reclamo de la silla de fiscal general con acción de inconstitucionalidad

TEGUCIGALPA. Luego que no le permitieran ingresar a las instalaciones del Ministerio Publico (MP) y de que la Comisión Permanente del Congreso Nacional, con el respaldo de nueve diputados del Partido Libertad y Refundación (Libre) eligiera de forma interina a Johel Antonio Zelaya como fiscal general y Mario Alexis Morazán como fiscal adjunto, el abogado Daniel Sibrián Bueso en su condición del fiscal general adjunto presentó ayer una acción de inconstitucionalidad en la Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) en contra del nombramiento interino de los nuevos mandamás del ente acusador.

En el documento de siete páginas detalla que actuando en su condición de fiscal general adjunto de la República por Ministerio de Ley, fue separado ilegítimamente de tal cargo, razón por la que interpone la acción de inconstitucionalidad por razones de fondo contra el Decreto Legislativo Numero 001-2023-CP/CN, (que establece a Zelaya como fiscal general interino y a Morazán como fiscal adjunto interino), publicado en el Diario Oficial La Gaceta No. 36,372, del 01 de noviembre de 2023, «por carecer efectivamente el Decreto, del sustento necesario para invocar el precepto de contenido esencial (numeral 11 del artículo 208 constitucional), en que se fundamenta la elección interina».

Sibrián Bueso pide a la Sala de lo Constitucional que admita la presente acción, ordene al Congreso Nacional la remisión de sus antecedentes o su informe, omitir la vista al MP, por ser sus actuales titulares nombrados mediante Decreto Legislativo que se le señala de inconstitucional y finalmente, siendo que es un acto público y notorio su presencia en la sede del MP, ejerciendo sus funciones de titularidad institucional, tal como mandan los artículos 80 de la Ley Orgánica de esta institución, 17 y 18 de la Ley del MP, vinculadas a los efectos “erga omnes” (contra todos o referente a todos) y carácter vinculante del fallo SCO-0065-2016.

El operador de justicia en el documento también reconfirma que se le impidió el acceso a su despacho por elementos de la Policía Nacional (mediante un acto público de intimidación y uso de la fuerza). Producto de esta acción, a criterio de Sibrián Bueso se le han afectado las facultades determinadas por los artículos 321, 322 y 323 de la Constitución, para desempeñarse como funcionario electo por el Congreso Nacional por mayoría calificada (2/3 de sus miembros, 86 votos).

Asevera que ese Decreto Legislativo es un acto contrario al contenido esencial que la Constitución determina para que sea aplicable al numeral 11 del artículo 208 de la Constitución de la República.

Arguye que no había una ausencia de titularidad en el Ministerio Público para que la Comisión Permanente del Congreso Nacional nombrara autoridades interinas.

Sibrían Bueso deja claro en el escrito que la fundamentación de la «elección interina”, es contrario a lo preceptuado por los artículos 70 y 208 numeral 11 de la Constitución de la República, “por haberse efectuado una elección interina de dos altos funcionarios del Estado, sin que existiera falta absoluta del titular del cargo: yendo, por ende, más allá de lo preceptuado en dicho artículo, incumpliendo ante la vista y paciencia de toda la sociedad con el requisito
esencial determinado para la designación del interinato”.

OTRAS ACCIONES
Tras la juramentación de Zelaya y Morazán, se interpuso acciones en contra de la elección de fiscales interinos, siendo la primera presentada el 3 de noviembre contra las actuaciones de la Comisión Permanente del Congreso Nacional, por el Frente Democrático por la Defensa de la Constitución, cuyo representante legal es el abogado Fernando González.
Esa organizaciín solicitó que sea admitido con suspensión del acto reclamado, es decir, que se suspenda el nombramiento de Zelaya y Morazán.
Ese mismo día solo que en horas de la tarde, el abogado Leonel Núñez Espinoza, a título personal, presentó otro recurso de inconstitucionalidad ante la Sala de lo Constitucional, contra el nombramiento realizado por dicha Comisión.